Informe de la CNE sobre la verificación del consentimiento del consumidor en el cambio de suministrador en 2010

 El Consejo de la CNE ha aprobado el «Informe de supervisión de la CNE sobre la verificación del efectivo consentimiento del consumidor en el cambio de suministrador»

En él se analiza una muestra aleatoria del total de número de cambios de suministrador realizados en el año 2010 en los sectores del gas natural y electricidad. Se ha encontrado que el 3,1% de cambios no acreditan suficientemente el consentimiento efectivo por parte del consumidor. Estos porcentajes, extrapolados al total de la población de cambios realizados durante el año 2010, implicaban que prácticamente 82.000 cambios de suministrador en el conjunto de ambos sectores, pudiendo ser un número relevante potenciales cambios sin consentimiento.

 A este respecto se han detectado dos tipos de casuísticas de insuficiente acreditación del consentimiento:

 1. Situaciones en las que la documentación aportada por los comercializadores para acreditar el consentimiento expreso del consumidor no es suficiente para acreditar la voluntad inequívoca, como consecuencia de la falta de algún dato o documentación concreta. Este problema de debe, en parte, a la falta de concreción de la normativa sectorial respecto a la documentación necesaria para la acreditación, resultando afectados un número significativo de cambios (1% de la muestra analizada que, extrapolando datos, supondría más de 38.000 cambios).

 2. Situaciones en las que la documentación aportada por los comercializadores para acreditar el consentimiento expreso del consumidor es manifiestamente insuficiente o inexistente, incluyendo casos realizados sin consentimiento y reconocidos por algún comercializador. Estos casos ponen de manifiesto un problema interno de gestión de la documentación por parte de las comercializadoras y de sus fuerzas de venta, sin poder descartar que parte de estos cambios puedan haber sido realizados sin el consentimiento del consumidor. Esta gestión es necesariamente mejorable ya que, a pesar de constituir un porcentaje relativamente reducido sobre las muestras (1,7% en electricidad y 1,3% en gas), si se extrapola la proporción de estas situaciones sobre la población podría resultar en más de 44.000 cambios que han sido incorrectamente archivados, o bien se han realizado con documentación muy insuficiente,.

 El informe de la CNE propone que se desarrollen regulatoriamente los procedimientos de cambio de suministrador; que se revisen y se aclaren las obligaciones de los comercializadores (entre ellas la responsabilidad y consecuencias para el comercializador en caso de cambio de suministrador sin consentimiento,), y los derechos de los consumidores. Además, es preciso que se desarrollen normativas al respecto que determinen explícitamente cómo se acredita el consentimiento expreso por parte del consumidor.

 http://www.cne.es/cne/doc/publicaciones/cne75_13.pdf

Hacia una gestión eficiente de la contratación municipal del suministro eléctrico

Artículo publicado en el blog esPublico el 28/6/2013

Es una realidad que los Municipios gastan cada vez más en energía y, en particular, en electricidad. Son varias las causas que han contribuido a incrementar el gasto municipal en electricidad. El desarrollo urbanístico de algunos municipios ha supuesto mayores extensiones de alumbrado público y, por consiguiente, un mayor consumo de electricidad. A ello hay que añadir los equipamientos e instalaciones construidas para atender las demandas de servicios de los vecinos, lo que ha contribuido a incrementar considerablemente el consumo.
Como consecuencia de todo ello, la factura de energía eléctrica ha pasado a ser  uno de los gastos anuales más importantes dentro del presupuesto municipal. Es previsible, por otra parte, que el gasto en electricidad siga incrementándose en los próximos años debido al aumento del precio de la electricidad y, sobre todo, al incremento de los peajes de acceso, como medida necesaria para paliar el déficit de tarifa.

El crecimiento del consumo y el incremento del gasto eléctrico hacen aconsejable que los Ayuntamientos adopten medidas de ahorro y eficiencia energética. Además, la adopción de este tipo de medidas viene impuesta por la Directivas Comunitarias, traspuestas a nuestro ordenamiento por la legislación estatal y autonómica. Hay que reconocer que los Municipios son cada vez más sensibles con todo lo relacionado con el ahorro y la eficiencia energética. Prueba de ello es el Pacto de Alcaldes y las abundantes actuaciones que están llevando a cabo las entidades locales para hacer efectivos los compromisos adquiridos en esta materia.

Pues bien, una de las primeras medidas de ahorro frente al creciente gasto eléctrico que pueden adoptar los Ayuntamientos es la gestión eficiente de la contratación del suministro. Es una medida de ahorro que no requiere ninguna inversión.

La posibilidad de optimizar la gestión de la contratación del suministro eléctrico surge en el momento en que se liberaliza el denominado mercado minorista, pudiendo los consumidores –entre ellos las Administraciones Públicas y, en particular, los Municipios- elegir libremente la comercializadora que ofrezca el mejor precio. En el nuevo contexto de liberalización del mercado minorista, en el que las comercializadoras compiten en precio para vender electricidad, adquiere sentido la gestión eficiente en la contratación del suministro. Para las Administraciones públicas es además una exigencia que viene impuesta por la legislación de contratos del sector público.

No obstante, hay que reconocer que las Administraciones Públicas, entre otros colectivos de consumidores, han tenido dificultades para contratar en el mercado libre, hasta tal punto que algunos concursos se declararon desiertos,  debiendo permanecer la Administración contratante en la tarifa de último recurso (TUR), con los consiguientes recargos.

La Comisión Nacional de la Energía (CNE) abrió en el año 2010 un expediente informativo para analizar las causas de estas dificultades y proponer algunas soluciones. Uno de los apartados del expediente se dedicó precisamente a analizar las dificultades que tenían las Administraciones Públicas para contratar en el mercado libre. Pudo constatarse que en aquella fecha las Administraciones Públicas que todavía se encontraban suministradas por el comercializador del último recurso (CUR) sin tener derecho a TUR alcanzaban el 32% de los suministros.

La CNE  identificó como causas que podían dificultar la contratación de las Administraciones Públicas en el mercado libre, por un lado, la inclusión de determinadas cláusulas en los pliegos de contratación, que desincentivaban la concurrencia de las empresas comercializadoras y, por otro lado, la imposibilidad de prestar avales a estas empresas como garantía frente al riesgo de impago. El informe de la CNE contiene propuestas para solucionar estas dificultades.

Pero además de estas dificultades,  no hay que desconocer que en algunos casos las Administraciones públicas, y sobre todo los Municipios, han sido poco proclives, por diversas circunstancias, a buscar en el mercado minorista los mejores precios de la electricidad. Probablemente, la complejidad regulatoria que entraña el suministro eléctrico –en el que se mezcla lo que es la adquisición de la energía  con la contratación del acceso a redes-, ha determinado que los Municipios se hayan dejado llevar por la inercia. Algunos se han resguardado en la TUR aun cuando ya no tenían derecho a ello,  pagando el recargo correspondiente. Y algunos otros han acabado contratando el suministro eléctrico con la comercializadora en mercado libre de la empresa distribuidora de la zona, que tradicionalmente les había suministrado.

Lo cierto es que en una parte del colectivo de consumidores –sector doméstico, pequeñas y medianas empresas y Administraciones Públicas, entre ellas, los Municipios- ha existido una resistencia al cambio de suministrador, lo que ha beneficiado a las comercializadoras vinculadas a empresas tradicionales energéticas. La falta de competencia real en el mercado minorista  en estos sectores favorece que haya amplios márgenes de comercialización y, por consiguiente, precios altos.

Pero las cosas están cambiando poco a poco,  como se pone de manifiesto en el reciente informe de la CNE sobre supervisión del mercado minorista de electricidad julio 2011-junio 2012. Se destaca en este informe la progresiva participación en este mercado de comercializadoras no vinculadas a las empresas tradicionales energéticas, lo que hace que la cuota de mercado libre que poseen las 3 mayores empresas se reduzca paulatinamente y disminuyan también los márgenes de comercialización.

Algunas Entidades Locales están aprovechando la progresiva apertura del mercado minorista para optimar la gestión de la contratación del suministro eléctrico, utilizando con este fin las técnicas de racionalización introducidas en la legislación de contratos del sector eléctrico y las nuevas formas de licitación electrónica.

Así, han sido varias las Diputaciones Provinciales que han creado Centrales de Contratación, a las que se han adherido los Municipios de la Provincia, para la celebración de Acuerdos Marco con empresas comercializadoras, en los que se han fijado los términos –fundamentalmente el precio- a los que debían ajustarse los contratos de suministro adjudicados por los Municipios adheridos. La utilización de estas técnicas de racionalización incentiva la concurrencia de empresas comercializadoras y reduce los costes de transacción al simplificarse la adjudicación de los contratos. Todo lo cual contribuye a obtener unos mejores precios.

En este proceso imparable hacia una gestión eficiente de la contratación pública del suministro de energía eléctrica, van a desempeñar un papel determinante las nuevas formas de licitación electrónica. Las características del producto a contratar, la electricidad,  cuya calidad no varía independientemente de quien la ofrezca, el hecho de que el precio sea el único elemento determinante para adjudicar el contrato, la necesidad de contratarlo periódicamente y teniendo en cuenta quienes son los licitadores –empresas comercializadoras con experiencia en la contratación electrónica-, todo ello hace que la subasta electrónica sea la forma óptima para la adjudicación de estos contratos.

En este momento existe tecnología disponible para que todos los Municipios –incluidos los pequeños y medianos- puedan utilizar la subasta electrónica para la adjudicación de estos contratos. Además de las plataformas públicas de contratación electrónica, existe una variada oferta privada de servicios e infraestructuras para realizar con todas las garantías subastas electrónicas.

La simplicidad y la agilidad en la adjudicación de los contratos de suministro de electricidad  que ofrece la subasta electrónica, reducen considerablemente los costes de transacción y sirven de estímulo para abrir la competencia en un mercado como el minorista que ha estado controlado por las comercializadoras vinculadas a las empresas distribuidoras de la zona. Por otra parte, la propia mecánica de esta forma de licitación, al tratarse de una subasta a la baja en la que los licitadores pueden mejorar sucesivamente sus propias ofertas, garantiza una reducción considerable en los precios.

Ayuntamientos como el de Barcelona, el de Santander y la Asociación Catalana de Municipios –al igual que otras Administraciones Públicas, entre las que hay que destacar a varias Universidades- han optado, con buenos resultados, por la subasta electrónica para adjudicar el suministro de energía. En todos estos casos la utilización de la subasta electrónica con pujas a la baja por las comercializadoras ha servido para obtener importantes ahorros en un gasto anual como es el de la energía.

Para acabar, este proceso de optimización de la contratación municipal del suministro eléctrico puede llevar a que algunos Municipios –sobre todo Municipios o agrupaciones de Municipios con grandes consumos- decidan adquirir la electricidad en el mercado mayorista, interviniendo como consumidores directos, con lo que se evitarán los márgenes comerciales de las empresas comercializadoras y, eso sí, asumirán el riesgo precio. Recientemente la CNE ha emitido un informe respondiendo a una consulta formulada por un Ayuntamiento en la que plantea varias cuestiones relacionadas con su intención de participar en el mercado mayorista como consumidor directo.