El periódico El País ha publicado un artículo titulado “Los pequeños ayuntamientos ganan una batalla millonaria a las eléctricas”, dando cuenta de las recientes sentencias del Tribunal Supremo que confirman el método para determinar el valor en el mercado de la utilidad derivada de la ocupación de los bienes demaniales municipales mediante las instalaciones de transporte de energía eléctrica, consistente en valorar el valor de las instalaciones de transporte construidas sobre estos terrenos municipales, además del valor catastral del suelo rústico afectado. Se recogen unas declaraciones que hago advirtiendo una vez más que el importe de estas tasas municipales se acabará repercutiendo a los consumidores.
El tema de los tributos locales –y, en particular, la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local- y su repercusión en el precio de la electricidad, me ha interesado y sobre él he escrito varios artículos que relaciono a continuación:
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Repercusión de los tributos locales en el precio de la electricidad
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La obligación de repercutir los tributos autonómicos y locales en el precio de la electricidad
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Tasa por aprovechamiento especial del demanio municipal a favor de Red Eléctrica de España
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Valor en el mercado de la utilidad del aprovechamiento especial del demanio municipal
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Pero ¿cuál es el valor en el mercado de la utilidad por la ocupación del demanio municipal?
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A vueltas con la tasa municipal a las instalaciones de transporte y distribución de energía
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Tributos autonómicos y locales que gravan las infraestructuras de transporte de electricidad
A mi entender, es muy probable que se acabe repercutiendo a los consumidores la tasa municipal que se cobra a REE por la utilización del demanio municipal mediante las instalaciones de transporte de energía eléctrica. La duda es si se repercutirá a todos los consumidores incluyendo este coste entre los que se le deben retribuir a REE, mediante los peajes de acceso. O sólo a los consumidores de aquellos municipios que graven con la tasa estas infraestructuras, mediante la aplicación de los suplementos territoriales.
Pedro Corvinos Baseca