Acaba de aprobarse el Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado del año 2018 (PAN) y es una buena ocasión para hacer algunas consideraciones sobre la necesidad de mejorar la mala regulación en un sector estratégico, como el de la energía, que ha dado lugar a situaciones límite como el déficit de tarifa, hasta el punto de poner en riesgo la sostenibilidad económica del sistema eléctrico.

La profusión normativa en este sector, los continuos cambios normativos, la improvisación a la hora de aprobar nuevas normas para regular los problemas que se plantean, el abuso de los Decreto-Leyes, el protagonismo que tienen las disposiciones de carácter reglamentario, algunas de ellas de carácter técnico y de difícil comprensión, han dado como resultado un marco jurídico inestable, fragmentado, complejo y poco claro.

El Consejo de Estado se ha hecho eco en varias ocasiones de esta situación. Así, en el dictamen emitido en septiembre de 2013 al Anteproyecto de Ley del Sector Eléctrico, se refirió a la complejidad del marco normativo del sector eléctrico, señalando que «es fruto en buena medida de la excesiva fragmentación de la regulación, lo que implica que la ordenación de una concreta materia se encuentre dispersa en una multitud de normas de diferentes rangos y procedencias; tal acumulación de normas responde, en ocasiones, a un proceso de sedimentación normativa, en el que cada nueva disposición está llamada a resolver un problema concreto o a lograr una finalidad particular, perdiendo en algunos casos la visión sistemática y de conjunto, lo que hace que el marco jurídico de la actividad se resienta, dando lugar a algunas redundancias«.

Esta deficiente regulación ha sido consecuencia también de la opacidad y la falta de transparencia que han caracterizado los procesos de elaboración de las normas en este sector. La opacidad ha sido propiciada por la propia peculiaridad de un sector tradicionalmente oligipolístico, en el que los pocos agentes económicos que intervienen, agrupados en defensa de sus intereses, han sido capaces de capturar al regulador e influir en los procesos de elaboración de las normas, condicionando su resultado. En muchos casos, las normas aprobadas han sido fruto de acuerdos entre el Gobierno y estos potentes grupos de interés económico, adoptados a espaldas de los demás interesados, fundamentalmente de los consumidores. En pocos sectores como en éste, se ha actuado con tanta opacidad y los grupos de interés han influido tanto en la aprobación de las normas que lo regulan.

Se hace necesario, por tanto, introducir racionalidad y transparencia en este sector del ordenamiento jurídico. A ello puede contribuir el PAN, que tiene por objeto planificar la actividad de producción normativa y mejorar la calidad de las normas, evitando la proliferación de éstas y asegurando su coherencia. Con este fin, el PAN, además incluir las normas que está previsto aprobar, identifica aquellas que habrán de someterse a un análisis sobre los resultados de su aplicación, atendiendo, entre otros, a los siguientes criterios: 1) coste o ahorro presupuestario significativo para la Administración General del Estado;2) impacto sobre la economía en su conjunto o sobre sectores destacados de la misma y 3) efectos significativos sobre la unidad de mercado, la competencia, la competitividad o las pequeñas y medianas empresas.

En este análisis sobre la aplicación de las normas, se valorará la eficacia que han tenido, entendiendo por tal la medida en que ha conseguido los fines pretendidos, la eficiencia, identificando las cargas administrativas que podrían no haber sido necesarias o haberlo sido en menor grado, la sostenibilidad, considerando los efectos de la norma no previstos directamente por ella que puedan llegar a comprometer su viabilidad futura, y los resultados de la aplicación, en función del criterio por el que fue sometida a evaluación.

Las conclusiones de estos análisis se incluirán en el Informe Anual de Evaluación Normativa, que podrá contener recomendaciones específicas de modificación y, en su caso, derogación de las normas evaluadas, cuando así lo aconsejase el resultado del análisis.

Todo ello puede contribuir, sin duda, a ir racionalizando poco a poco esta rama del ordenamiento jurídico compleja, fragmentada y poco clara.

Por otra parte, el PAN cumple una función de transparencia, dando a conocer a todos los agentes interesados cuáles son las normas previstas para cada año natural. Esta puesta en conocimiento de la normativa que se prevé aprobar, es especialmente importante en un sector opaco como el de la energía en el que, como se ha dicho, han existido y existen potentes grupos de interés económico, acostumbrados a influir en los procesos de decisión y elaboración de las normas que les afectan y que se han beneficiado de información privilegiada no accesible a otros agentes.

La intención de estos grupos de interés ha sido y sigue siendo preservar su situación de privilegio, restringiendo la entrada de competidores, cuando se trata de actividades ejercidas en libre competencia, y obtener las máximas rentabilidades a costa de los consumidores, en aquellas actividades reguladas, retribuidas por el sistema.

Es oportuno recodar las repercusiones de todo tipo, pero fundamentalmente económicas, que las normas aprobadas en esta materia tienen en todos los agentes implicados, tanto en las empresas que realizan las distintas actividades, reguladas y en libre competencia, como en los consumidores.

La publicidad de estas normas permitirá, por un lado, superar la situación de asimetría en la información de los agentes implicados, en la medida en que todos conocerán anticipadamente las normas que se pretenden aprobar y, de esta forma, podrán ir adecuándose a los cambios que pudiera introducir la normativa prevista .

Por otro lado,  y como consecuencia de lo anterior, todos los agentes implicados podrán intervenir en igualdad de condiciones y sin privilegios en el proceso de elaboración de estas normas, algunas de las cuales regulan cuestiones de gran trascendencia económica para todos los implicados, que afectan en último extremo al precio de la electricidad.

La transparencia a la hora de decidir las normas que se tiene previsto aprobar y, por supuesto, en el proceso de elaboración de éstas, dificultará la captura del regulador por los influyentes grupos de interés presentes en el sector de la energía, evitando que éstos acaben imponiendo sus intereses a costa de los demás agentes implicados, como ha venido sucediendo.

Las medidas comentadas deben completarse con una buena regulación de los grupos de interés que, como se ha dicho, tiene una fuerte presencia en el sector de la energía y han influido decisivamente en la actividad normativa del sector. Lo cierto es que el Estado, a diferencia de algunas Comunidades Autónomas, no ha regulado esta materia. De momento, sólo existe una proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados para la regulación de los grupos de interés, limitado a la creación de un registro de lobistas.

Todo ello redundará en una mejora en la regulación de este sector hasta alcanzar un marco jurídico estable, predecible y trasparente, que de seguridad a las inversiones que se realicen, defina una metodología adecuada para el cálculo de la retribución de las actividades reguladas, garantice la competencia en las actividades liberalizadas y proteja a los consumidores.

El PAN  prevé para el año 2018 la aprobación de normas relevantes en el sector de la energía. Está prevista la aprobación de la ley de cambio climático y transición energética, con el objeto de definir un marco normativo que recoja los objetivos a medio y largo plazo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y los objetivos en materia de energía.

En lo que respecta al sector eléctrico, está previsto la aprobación de las siguientes normas:

1 – Real Decreto por el que se regula el marco de contratación y suministro de energía eléctrica, protección contra el fraude y procedimiento de autorización de instalaciones.

2 – Real Decreto por el que se regula la calidad del suministro eléctrico.

3 –  Real Decreto por el que se regula la metodología de aplicación del superávit del sistema eléctrico para la amortización de la deuda, en desarrollo del artículo 19.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

4 – Real Decreto por el que se establece la metodología para la facturación de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución que debe satisfacer los productores de energía.

5 – Real Decreto por el que se regula la metodología de retribución del operador del sistema y del operador del mercado.

6– Real Decreto por el que se regula el procedimiento de liquidación de los ingresos y costes del sector eléctrico.

7 – Real Decreto por el que se regula el procedimiento de liquidación en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.

8 – Real Decreto por el que se aprueba el reglamento sobre seguridad nuclear en instalaciones nucleares.

Y por lo que se refiere a los sectores del gas e hidrocarburos, está prevista la aprobación de las siguientes normas:

1 – Real Decreto por el que se regula la comercialización y suministro de gas natural; desarrolla las relaciones entre las empresas gasistas y los consumidores, incluyendo la regulación de las acometidas y demás actuaciones necesarias para un nuevo suministro, los contratos de suministro, los derechos de los consumidores, la responsabilidad de las empresas distribuidoras y las comercializadoras en relación al suministro, las causas de suspensión.

2 – Real Decreto por el que se establecen medidas para luchar contra el fraude en el sector de los hidrocarburos.

3 – Real Decreto por el que se desarrolla el Real Decreto-Ley 16/2017, de 17 de noviembre, por el que se establecen disposiciones de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino.

Pedro Corvinos Baseca.